Genera toda la documentación necesaria para registrar tu obra intelectual en la DNDA. Proceso 100% automatizado, entrega inmediata.
Antes de usar nuestros servicios, recordá estos pasos previos:
Ingresá a dnda.gob.ar y creá tu cuenta de usuario
Creá tu trámite y pagá la tasa oficial (actualmente $1.400)
Descargá la Constancia de Inscripción ARCA en formato PDF
Tené listo el archivo de tu obra (documento, audio, código, etc.)
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📚 Ver Guía Completa Paso a PasoDocumentación completa y profesional para cada tipo de obra
Libros, cuentos, novelas, poemas
Canciones, composiciones, álbumes
Fotografías, videos, documentales
Protocolos, I+D, bases de datos
Aplicaciones, códigos, sistemas
Información sobre derecho de autor en Argentina (Ley 11.723)
⚖️ Disclaimer Legal: La información aquí contenida tiene carácter meramente informativo y divulgativo sobre normativa pública argentina. No constituye asesoramiento legal personalizado. Para casos específicos, consulte con un abogado especialista en propiedad intelectual.
En Argentina, el derecho de autor protege automáticamente cualquier obra original (literaria, artística, científica, software, etc.) desde el momento de su creación, esté publicada o no. No es necesario registrarla para que exista protección.
Sí. La Ley 11.723 protege los programas de computación como obras literarias desde su creación, sin necesidad de depósito.
Sí. Aunque no es obligatorio, registrar software ante la DNDA fortalece la prueba de autoría y fecha, y facilita acciones legales ante infracciones.
Sí. El contenido científico está protegido; las bases de datos son protegidas si hay creatividad en su selección u organización.
A través de NDAs + registro de protocolos y contratos ante DNDA o con respaldos notariados, para reforzar prueba frente a terceros.
Originales literarias, artísticas o científicas en cualquier formato: libros, cuentos, novelas, poemas, artículos, ensayos, etc.
Permite uso limitado sin autorización: citar fuentes y autor, utilizar solo la parte necesaria, no perjudicar al titular, cumplir fines educativos/académicos.
Sí, toda obra musical, letra, arreglo o grabación gozan de protección desde su creación.
No sin autorización, salvo que encaje en excepción de cita (muy limitada). Para muestras, deberá pedirse licencia al titular.
Podés iniciar acciones civiles o solicitar medidas cautelares. El registro público ante la DNDA facilita las pruebas sobre titularidad y antigüedad.
Simplificamos el proceso de documentación para tu registro DNDA
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